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Corte Suprema ordena juicio contra otro expresidente salvadoreño

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La Corte Suprema de Justicia de El Salvador ordenó a un tribunal de lo civil que inicie juicio por presunto enriquecimiento ilícito al expresidente Mauricio Funes que gobernó el país de 2009 a 2014.

Funes, que llegó al poder postulado por el guerrillero partido Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FMLN), es el primer expresidente en enfrentar juicio por un caso de presunto enriquecimiento ilícito desde que 1959 cuando se aprobó la ley.

Es el segundo exmandatario procesado judicialmente en el los últimos nueve meses por irregularidades durante su mandato.

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El expresidente Francisco Flores (1999-2004) murió recientemente debido a un derrame cerebral que sufrió en arraigo domiciliario a la espera de un juicio en su contra por el desvió de 15 millones de dólares en 2001.

La resolución la Corte Suprema contra Funes también ordenó que se congelen las cuentas bancarias del exmandatario y que no se permita la transferencia a terceros de ocho vehículos automotores de su propiedad y otros a nombre de uno de sus hijos.

En la resolución se menciona que según el resultado de la investigación, comparando sus ingresos y deudas, Funes “no podría tener la posibilidad de ahorrar durante su período de gestión. Sin embargo los saldos reflejados al 31 de mayo de 2014 en sus cuentas bancarias suman un total de 150.323,31 dólares, los cuales no se justifican con los ingresos reportados por el ministerio de Hacienda”.

“Declarase que existen indicios de enriquecimiento ilícito del expresidente Carlos Mauricio Funes Cartagena, en relación con las declaraciones patrimoniales presentadas ante la Sección de Probidad de las Corte Suprema de Justicia”, dice la resolución.

Los quince magistrados de la Corte Suprema conocieron el informe de la Sección de Probidad en el que se determinó que el exmandatario no había logrado justificar gastos por más de 728.000 dólares y se pedía abrirle juicio. Nueve de los quince magistrados confirmaron la decisión de enjuiciar a Funes.

La Corte Suprema también ordenó que se remita certificación oficial de esta resolución y del expediente respectivo de la Sección de Probidad al Fiscal General de la República, “para que investigue y promueva de manera diligente y oportuna las acciones correspondientes”.

En su análisis la Corte dice que no se puede ignorar que, según el informe de Probidad, inmediatamente antes y después del inicio de funciones como presidente de la República, “elseñor Funes Cartagena recibió en sus cuentas bancarias considerables cantidades de dinero”.

“En cuanto a las previas, es de indicar que como, lo advierte el informe respectivo, se trata de más de tres millones de dólares, cuya procedencia y título de adquisición corresponde investigar a las autoridades competentes, específicamente a la Fiscalía General de la República y al ministerio de Hacienda”, señala.

Señala que en virtud de que el juicio civil por enriquecimiento ilícito, el juzgamiento penal por posible comisión de hechos delictivos y la extinción de dominio que recae sobre los bienes, son acciones independientes entre sí, el inicio del juicio por enriquecimiento ilícito no condiciona la promoción de las acciones pénales y de extinción de dominio, para lo cual la Fiscalía General de la República, previas las investigaciones, deberá hacer las valoraciones correspondientes, y en su caso, promover las acciones legales.

En un resumen de las irregularidades encontradas en el período que estuvo al frente de la primera magistratura de El Salvador se señala el pago de deudas sin relación con retiros de cuentas bancarias.

Funes que ya había adelantado que la Corte Suprema lo enviaría a juicio. Afirmó en su cuanta oficial de twitter que “entre los magistrados que votaron por juicio civil en mi contra están cuatro que atacaron mi gobierno desde la Sala de lo Constitucional”.

Y agrega que “con estas arbitrariedades de (Sección de) Probidad y las cometidas por los magistrados de la Corte Suprema de Justicia no callaran mi voz, ni mi vocación de denuncia pública”.

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