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Televisa pierde el juicio por ‘daño moral’

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Un tribunal federal condenó a Grupo Televisa a indemnizar al autor Ricardo Valadez Jiménez Pons con al menos 40 por ciento de los ingresos comerciales que obtuvo por la telenovela Mentir para Vivir, transmitida a partir de 2013 en canales de por lo menos veinte países.

Luego de más de cuatro años de litigio, el Tercer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa resolvió que Televisa causó daño moral más daños y perjuicios a Valadez, quien tenía un certificado de reserva de uso exclusivo de derechos sobre el título Mentir para Vivir, emitido por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDA).

“Se acreditó que Televisa es quien usa y explota el título Mentir para Vivir, en el género difusiones periódicas y la especie programa de televisión, sin que al efecto haya demostrado tener derecho o autorización para ello”, resolvió el Magistrado Manuel Suárez Fragoso, quien ordenó indemnizar con base en el artículo 116 de la Ley Federal del Derecho de Autor (LFDA).

Televisa tiene un certificado de derecho de autor para el título Mentir para Vivir, pero solo aplicable a publicaciones impresas, no para radio, televisión o internet.

Para calcular el monto de la indemnización, se tendrá que realizar un peritaje.

“(Debe tomar en cuenta) el tiempo de difusión de la telenovela, el horario de la misma, los minutos de duración de cada comercial, el producto, servicios y marcas comerciales que constituyeron el bloque de anuncios que se publicitaron, así como la cobertura de los canales”, agrega la sentencia.

La telenovela, protagonizada por Mayrín Villanueva y David Zepeda, fue transmitida entre junio y octubre de 2013, tuvo 101 capítulos de entre 40 y 44 minutos de duración, y pasó por El Canal de las Estrellas en el horario de 19:15 a 20:20 horas.

Mentir para Vivir también se difundió en otros 19 países, pero Valdez no demandó por dichas transmisiones, y si busca incluirlas en el caso, podría prolongar durante años el trámite del incidente para fijar el monto.

La sentencia del tribunal unitario, dictada el pasado 22 de diciembre, es ejecución de amparos fallados el 10 de noviembre por una instancia superior, el Décimo Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil, que revisó la resolución inicial de Suárez Fragoso.

Televisa promovió el 15 de diciembre un recurso de revisión ante la Suprema Corte de Justicia contra la negativa de amparo que dictó el tribunal colegiado.

Es muy poco probable que este recurso tenga éxito, porque la Corte ya no puede examinar los hechos motivo del juicio, sino solo la Constitucionalidad de la LFDA.

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