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Tribunal Supremo de P.Rico recibe alegaciones para decidir futuro de la isla

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EFE

El Tribunal Supremo de Puerto Rico ha dado de plazo a las partes implicadas -Senado, Gobierno y el propio gobernador- hasta el mediodía de este martes, para que presenten sus alegaciones a favor y en contra de la Ley 7 que permitió al exmandatario Ricardo Rosselló, designar a Pedro Pierluisi su sucesor en la gobernación.

“Luego de que la Cámara de Representantes de Puerto Rico aprobara el nombramiento del licenciado Pedro R. Pierluisi como Secretario de Estado, se procederá de acuerdo con el estado de derecho vigente”, rezaba el comunicado enviado el pasado 2 de agosto tras oficializarse su renuncia, Rosselló.

“Por lo tanto, de acuerdo con el Artículo 1 de la Ley 7 de 24 de julio de 1952, según enmendada, el Secretario de Estado, Pedro R. Pierluisi, será juramentado como próximo Gobernador de Puerto Rico”, continuaba.

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Y explicaba que la Ley 7 de 24 de julio de 1952, según enmendada en 2005, establece que no será necesario que el Secretario de Estado haya sido confirmado para asumir la gobernación de manera permanente.

Por su parte, la Constitución de la isla señala que un secretario de Estado, primero en la línea de sucesión ante la vacante de un gobernador, debe ser ratificado por la Asamblea Legislativa.

Las distintas interpretaciones de una y otra han desembocado hoy en el Tribunal Supremo.

En su alegato presentado hoy, los abogados de Pierluisi indican que la situación actual es de “alta tensión política” lo que “agrava” la crisis económica que vive la isla y “pone en jaque” los esfuerzos de recuperación de los huracanes Irma Y María, además de afectar “adversamente” las relaciones con el gobierno de Estados Unidos.

Además señala que el Senado no acude al alto tribunal con el fin de proveer estabilidad, “todo lo contrario, mediante un vehículo procesal inadecuado y por vía de una interpretación constitucional acomodaticia” pretende que el Tribunal Supremo “remueva” al gobernador que ostenta su cargo “legítimamente”.

A su vez, indica que el Senado renunció a su derecho a su derecho de confirmar al secretario de Estado por lo que de acuerdo a los abogados de Pierluisi, le impide acudir al alto tribunal en “búsqueda de una vindicación constitucional a la que renunció voluntariamente a ejercer”.

También apunta que es verdad que la Constitución señala que el secretario de Estado debe ser nombrado por la Asamblea Legislativa para ejercer el cargo en propiedad, pero también prevé que dicho funcionario puede también ser nombrado en receso. Su única limitación es que es un puesto temporal.

Y, agrega, que el secretario de Estado que vaya a ser gobernador, la Constitución no limita que sea en receso o en propiedad.

Tras indicar que ha sido constitucional su nombramiento y que las circunstancias en las que se ha producido “no es el idóneo desde el punto de vista de la democracia electoral”.

Por su parte, el Senado en sus alegatos subraya que Pierluisi “ha pretendido tomar posesión del cargo sin antes haber sido confirmado” invocando una lectura “irrazonable” de la Ley 7.

En sus alegaciones, en los que se refieren a Pierluisi como “quien dice ser gobernador”, mantienen que se ha tomado la atribución de privar al Senado de su prerrogativa constitucional de dar su consejo y consentimiento a un secretario de Estado.

El secretario de Estado “carece del aval de los representantes directos del pueblo que eligió el gobernador y se convierte en el sucesor al trono directamente designado por el mandatario saliente”, añade.

A su vez, recuerda el Senado que la sección IX del artículo cuarto de la Constitución indica que cuando el secretario de Estado no ha tomado posesión le corresponde a la Cámara y al Senado elegir al Gobernador mediante el voto mayoritario de ambos cuerpos.

Este domingo y tras una certificación del Senado para que fuera tratado en el alto tribunal, el presidente de la Cámara Alta, Thomas Rivera, interpuso una demanda para declarar nula la jura el pasado viernes, por una jueza en casa de su hermana y un minuto después de que renunciara oficialmente Rosselló, de Pierluisi.

Antes de las 12.00 el Senado y el gobierno presentaron sus alegaciones por y en contra de la constitucionalidad de la ley.

Mientras, Pierluisi espera la decisión, para la que no hay plazo, del más alto tribunal manteniendo reuniones de trabajo con diferentes agencias gubernamentales.

Ayer celebró una, según informó a través de sus redes sociales, para asegurar que el “componente de emergencias está preparado para cualquier eventualidad atmosférica peligrosa para Puerto Rico en los próximos días”.

Hoy, el propio Rivera se refirió al visto bueno de la Cámara de Representantes de la isla que, presuntamente, solo le solicitara una declaración jurada para ello.

“?Cuántos documentos, revisiones, investigaciones y requerimientos le hará el gobierno antes de proveerles el servicio?...Y para ser gobernador, en las circunstancias que estamos, ?ustedes creen que una mera declaración jurada es suficiente?”, dijo en sus redes sociales.

“Al pueblo hay que escucharlo, pero también orientarlo, informarlo, ilustrarlo. No debemos permitir que la demagogia y las insinuaciones infundadas los confunda y los irrite. Ese es nuestro deber y lo cumpliremos siempre”, dijo.

Nueve jueces deberán de decidir el futuro de la gobernación en la isla, después de que la Cámara diera su visto bueno al gobernador y el Senado no si plazo determinado para ofrecer su dictamen.

Edgardo Rivera, Maite D. Oronoz, Anabelle Rodríguez, Ángel Colón, Rafael L. Martínez, Mildred Pabón, Erick Kolthoff, Roberto Feliberti y Luis F. Estrella, son los que tendrán ahora el futuro político de la isla en sus manos.

Mención merece el sector privado de la isla que ante la incertidumbre política y sus consecuencias económicas ha pedido que el gobernador Pierluisi sea mantenido.

En medio de dicha situación dos noticias económicas positivas se han producido: una baja en las quiebras y un récord en la recaudación fiscal.

El secretario del Departamento Hacienda de Puerto Rico, Francisco Parés, informó que los ingresos netos preliminares del Fondo General del recién concluido año fiscal 2018-19, sumaron los 11.376 millones de dólares, una “cifra récord” en la recaudación fiscal.

Al compararse con los ingresos del año fiscal anterior, se sobrepasaron los mismos en 2.063 millones de dólares, lo cual equivale a un alza de 22 por ciento, reflejó en un comunicado.

En julio se presentaron 589 quiebras de acuerdo al Boletín de Puerto Rico, la cifra más baja desde 2006 y 53 menos que en el mismo mes de 2018.

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