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El Supremo juzgará si la ley antidiscriminación protege a los LGBT

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EFE

El Tribunal Supremo anunció hoy que analizará si las leyes vigentes contra la discriminación sexual en el trabajo protegen también a los miembros de la comunidad de lesbianas, gais, transexuales y bisexuales (LGBT).

La decisión de la Corte responde a tres procesos judiciales abiertos en instancias estatales e implica que los nueve magistrados del Tribunal Supremo estudiarán el caso durante su próximo período de audiencias, que dará comienzo en octubre.

Algunas leyes estatales protegen a la comunidad LGBT, pero por el momento no existe ninguna legislación federal específica, ni tampoco una sentencia al respecto que haya sentado jurisprudencia a nivel nacional.

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Estas discrepancias quedan de manifiesto, precisamente, en los tres casos que estudiará el Supremo.

Uno de ellos contempla lo sucedido a una mujer transexual que ostentaba el cargo de directora de una funeraria, Aimee Stephens, y que, tras seis años en la compañía, fue despedida tras informar a sus colegas que a la vuelta de sus vacaciones se incorporaría con el aspecto de su “auténtico ser”, el de una mujer.

El dueño de la compañía, Thomas Rost, comunicó a Stephens su decisión de rescindir su contrato debido a que ya no se vestiría como un hombre, una acción que fue condenada por un tribunal estatal.

El segundo proceso es el del monitor de paracaidismo Donald Zarda, despedido tras bromear con una cliente a la que le dijo que no debía preocuparse por el roce de sus cuerpos durante el salto de ambos en tándem puesto que era gay.

La cliente y su pareja presentaron una queja, por la que Zarda perdió su trabajo.

A pesar de que el monitor falleció en un accidente durante un salto, en 2014, el caso siguió adelante y el juez acabó fallando a favor del difunto.

Por último, está el caso de Gerald Lynn Bostock, un trabajador social que fue despedido cuando sus superiores descubrieron que era homosexual.

En esta ocasión, el tribunal consideró que Bostock no fue capaz de demostrar que su despido se debiera a su orientación sexual, por lo que perdió la demanda y optó por llevar su caso a la máxima instancia, el Tribunal Supremo.

En estos tres procesos, los demandantes alegaron que la ley de Derechos Civiles de 1964 que prohíbe la discriminación sexual en el trabajo va más allá de las simple diferenciación entre los géneros masculino y femenino.

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