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EFE

La Cámara de Representantes de Puerto Rico aprobó hoy a viva voz el Proyecto 950, tal y como había hecho previamente el Senado el pasado día 7, que restringe el derecho al aborto en la isla caribeña.

El proyecto, que es de la autoría de la senadora del gobernante Partido Nuevo Progresista (PNP) Nayda Venegas, pasará ahora al gobernador, Ricardo Rosselló, para que con su firma lo convierta en ley, norma que ha traído polémica por entender algunos colectivos sociales que se trata de un retroceso de décadas en el derecho al aborto en el Estado Libre Asociado.

La “Ley para la protección de la mujer y la preservación de la vida” exige a la paciente una espera de 48 horas antes de someterse al aborto una vez que notifica su intención.

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El médico en ese periodo deberá informar a la mujer que pretende abortar de la edad del feto y de que el proceso terminará con la vida de un ser “entero, separado y único”.

Además, el profesional que vaya a realizar el aborto tendrá que enumerar los riesgos que conlleva el procedimiento y los beneficios de asistencia médica disponibles y de apoyo en el caso de que decidiera dar a luz.

Los que se oponen a la norma entienden que es excesiva la información que los profesionales sanitarios encargados de realizar el aborto deben dar a las mujeres que se sometan a la intervención y que puede funcionar como un disuasorio, que es, según su opinión, uno de los objetivos de la ley.

Además, el proyecto establece que las menores de edad que vayan a abortar deberán contar con el consentimiento de sus padres, tutor o de un tribunal.

En contra del proyecto votaron los representantes de la minoría del Partido Popular Democrático (PPD) y el Partido Independentista Puertorriqueño (PIP).

El proyecto inicial del Senado 950 introdujo un cambio que rebaja de 21 a 18 años la edad en que aplicará la prohibición del aborto sin el consentimiento de los padres o tutor legal.

Otra enmienda introducida reduce el plazo en que los tribunales atenderían una petición de una menor de 18 años para realizarse un aborto.

El proyecto original ordenaba al juez a atender el caso en 10 días, frente a los tres en que quedó establecido finalmente.

La resolución se deberá tomar en 48 horas y no los 5 días que establecía el proyecto original.

La normativa actual no establece una edad mínima para que una menor se realice un aborto, pero las clínicas en Puerto Rico no suelen aceptar mujeres por debajo de los 15 años.

El legislador del PPD Luis Vega Ramos presentó hoy una resolución para que la medida fuera devuelta a la Comisión de lo Jurídico, que preside María Milagros Charbonier, por entender que se requerían vistas públicas para este proyecto, aunque la propuesta fue rechazada.

Grupos feministas han denunciado que el Proyecto 950 tiene como objetivo despertar el sentimiento de culpa en la mujer embarazada y para obstaculizar su toma de decisión en prejuicio de su intimidad.

El aborto en la isla es legal desde la decisión favorable del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Roe v Wade de 1973, que en una votación 7-2 decretó que el derecho al aborto de una mujer estaba implícito en la decimocuarta enmienda de la Constitución del país norteamericano.

Puerto Rico es un Estado Libre Asociado a Estados Unidos con Constitución propia pero en el que aplican las leyes federales de EE.UU.

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