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El gobernador de P.Rico convierte en ley proyectos a favor de comunidad sorda

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EFE

El gobernador de Puerto Rico, Ricardo Rosselló, convirtió hoy en ley el Proyecto de la Cámara 335 y el Proyecto del Senado 663, ambos para atender las necesidades de la comunidad sorda en la isla.

El Proyecto de la Cámara 335 establece la Carta de Derechos de la Comunidad Escolar Sorda o con Impedimento Auditivo en Puerto Rico, mientras que el Proyecto del Senado 663 crea la Ley para viabilizar el acceso a la justicia de las personas que padecen de condiciones que impidan su comunicación efectiva.

Los proyectos son de la autoría de la representante María M. Charbonier y el senador Juan Dalmau, respectivamente, según se informó hoy en un comunicado de prensa.

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“La comunidad sorda en Puerto Rico tiene derecho a las mismas oportunidades legales y educativas que el resto de la comunidad puertorriqueña y estas medidas aportan a esos derechos”, dijo el gobernador en un comunicado de prensa.

La Carta de Derechos de la Comunidad Escolar Sorda o con Impedimento Auditivo en Puerto Rico garantiza a la población sorda el acceso oportuno a la educación y poder participar en los servicios educativos que favorezcan mejor su condición y desarrollo con el apoyo profesional y la ayuda técnica requerida.

A su vez, la medida promueve la formulación de programas que atiendan las necesidades educativas de las personas con discapacidades auditivas y garantiza que las personas con sordera alcancen su máximo desarrollo y plena participación social.

La carta, a su vez, dispone para que el Departamento de Educación ofrezca adiestramientos, cursos o talleres de lenguaje de señas a los padres o tutores de niños sordos.

Mientras tanto, el proyecto de Dalmau enmienda varios estatutos que rigen los procedimientos judiciales y cuasi judiciales, con el fin de asegurar que las personas con sordera puedan entender de manera eficaz los procedimientos adversativos que se lleven en su contra en los tribunales de justicia o en foros administrativos.

A su vez, se les garantiza intérpretes de señas o un acomodo razonable en cualquier proceso judicial o administrativo.

“Proveer asistencia de intérprete durante cualquier proceso judicial o cuasijudicial es una consecuencia lógica de la garantía a un debido proceso de ley y que ninguna persona puede estar sujeta a un proceso judicial injusto”, afirmó Rosselló.

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