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¿Qué requisitos deberán cumplir los salvadoreños con TPS para optar a la residencia?

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La comunidad salvadoreña en Estados Unidos celebra que las 204 mil personas amparadas al Estatus de Protección Temporal (TPS) podrán optar a la residencia, como resultado de la sentencia judicial emitida por la Corte de Apelaciones del Noveno Circuito.

La decisión judicial favorece a los que tienen el TPS, pero para aplicar tendrán que cumplir ciertos requisitos específicos.

“Ahorita solo favorece a algunos, no a todos”, lamentó Julio Flores, residente en Los Ángeles, padre de tres hijos menores de edad que oscilan entre los 4 y 10 años. “Sería bueno que [beneficie a] todos los que tengamos hijos nacidos aquí”.

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La decisión de la Corte, en primer lugar, todavía puede ser apelada por el gobierno federal; sin embargo, por el momento reconoce a todos los que tienen TPS como una entrada legal, es decir que si cambian de estatus no tendrían que salir del país como se establecía antes.

Por otro lado, los beneficiarios tendrían que estar casados con un ciudadano estadounidense o tener hijos mayores de 21 años de edad para poder someter la solicitud.

“A través de ellos se podría solicitar el ajuste de TPS a residente permanente”, detalló Salvador Sanabria, director de la organización El Rescate. “Si no se apela, ese fallo beneficiaría a la gente que vive en el Noveno Circuito, son los estados de la Costa Oeste y el Pacífico”, agregó.

La medida judicial, por lo tanto, estaría favoreciendo a los amparados a este programa que viven en los estados de California, Alaska, Arizona, Hawaii, Idaho, Montana, Nevada, Oregon y Washington.

Álex Gálvez, abogado de inmigración, recomienda esperar y que los beneficiarios consulten con juristas, porque como ocurrió con el programa Acción Diferida para los Padres de Ciudadanos y Residentes Estadounidenses (Dapa) el fallo podría pasar incluso a la Corte Suprema.

El experto, al mismo tiempo, señala que mientras se define el futuro de esta sentencia judicial se debe cuidar el TPS, y ahora se “debería tratar como haber entrado con una visa turística”.

Además, el jurista asegura que si por dos delitos menores una persona perdió ese estatus, con el fallo de la Corte esos inmigrantes también van a ser elegibles, siempre que estén casados con estadounidenses o tengan hijos mayores nacidos aquí.

“Si tienes deportación y cuentas con TPS ahora vas a tener una razón válida para quitar la deportación”, puntualizó Gálvez.

A través de una reforma a la ley de inmigración, en 1996 se determinó que las personas que hayan vivido de forma irregular, como es el caso de muchos beneficiarios del TPS que no renovaron, tendrían que salir del país para obtener una residencia permanente.

El plazo para obtener ese ajuste implicaba estar fuera de Estados Unidos entre 3 y 10 años, mientras se aprobaba la solicitud. Con la sentencia, emitida por la Corte de Apelaciones el pasado 31 de marzo, eso ya no sería necesario.

Esta sentencia la emitió la Corte luego de conocer el caso de Jesús Ramírez, salvadoreño amparado al TPS, que se casó con una ciudadana estadounidense en el 2013, quien en ese momento no pudo regularizar su estatus.

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