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El sistema de fianzas de los EE.UU. socava la equidad y la justicia; es tiempo de un cambio

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Supongamos que dos personas son detenidas en cuestión de horas por la policía, que dice que los sospechosos lucen como un par de merodeadores que fueron recientemente vistos cerca de viviendas que sufrieron robos. Ambos hombres son llevados a la estación, a ambos se los detiene por cargos de robo en primer grado, y ambos son trasladados a una celda donde permanecerán hasta su audiencia con el juez.

El tribunal fija la fecha para el juicio y consulta los estándares de fianzas -una especie de hoja de tarifas que establece la cantidad de dinero que los sospechosos deben consignar, dependiendo el presunto delito y una serie de otros factores- y establece un aval de $50,000 para cada uno.

Uno de los sospechosos reúne los activos suficientes para contratar una compañía de seguros -una firma de fianzas- y hacer que ésta ponga el dinero, convenciendo al tribunal de que se presentará para el juicio en lugar de huir y perder el dinero. El hombre es liberado y, en el transcurso de las semanas siguientes, vuelve a trabajar, cobra sus cheques de pago y pasa mucho de su tiempo libre con su abogado, preparando una defensa a los cargos en su contra. También se reúne con testigos que puedan dar fe de su paradero en las noches de los robos.

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Pero el otro sospechoso no tiene activos para dejar en la corte, ni puede contratar a un agente para pagar su fianza. Está encerrado en la cárcel del condado y allí espera el juicio. Como no puede presentarse a trabajar, pierde su empleo. Su abogado hace todo lo posible, pero no puede ayudarlo a preparar su defensa o a rastrear testigos para su coartada. “Mira”, le dice el fiscal, “yo sé que tú lo has hecho, así que reconoce tu culpabilidad y no pediremos más del tiempo que ya has cumplido”. El hombre protesta; es inocente. Pero también está atascado en la cárcel y quiere volver a su casa. Si tuviera dinero, ya no estaría allí, pero no lo tiene, entonces descarta su defensa y acepta sus antecedentes penales.

Un precepto fundamental del sistema de justicia estadounidense sostiene que la riqueza o la pobreza del acusado no debe tener que ver con su tratamiento o habilidad para montar su defensa. El sistema de fianzas, cuando es mal empleado, socava ese valor.

En los últimos años se ha producido una suerte de examen de conciencia, algunas conversaciones y, de vez en cuando, algún tipo de acción en la justicia criminal para reducir o eliminar las injusticias que sufren ciertos grupos particulares de acusados y convictos, especialmente los pobres y los no blancos. Ha habido charlas hasta ahora, pero poca acción para reformar concretamente el sistema de fianzas.

Además de ser un error de la justicia, la práctica de mantener a la gente detenida según la cantidad que puedan pagar -en lugar de por el riesgo que implican para otros- es un derroche de espacio en las cárceles, que no deberían utilizarse para encerrar personas en espera de un juicio porque no pueden pagar una garantía.

A principios de este mes, en un caso de Georgia en el cual el acusado estuvo encarcelado durante seis días porque no podía abonar su fianza de $160, el Departamento de Justicia de los EE.UU. presentó un escrito amicus en el cual marcó algunas violaciones de las garantías de la Enmienda 14, que establece la protección igualitaria ante la ley.

Ha pasado demasiado tiempo desde que a un acusado se le negaba un abogado defensor porque no podía pagarlo. ¿Cuánto más odiosa es, entonces, la negación de la libertad por la misma razón?

Esperemos que el argumento del Departamento de Justicia, ampliamente comentado pese a haber quedado enterrado entre documentos judiciales, se convierta en un punto de inflexión en el debate para reformar el sistema de fianzas. Es una declaración que merece ser escuchada fuerte y claro, no sólo en Georgia, sino en el condado de Los Ángeles, en California y en cualquier otro fuero que aún reparte espacios en las cárceles en base a la incapacidad de una persona para pagar.

Si desea leer la nota en inglés, haga clic aquí.

Traducción: Valeria Agis

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